miércoles, 4 de julio de 2018

SOBRE LA LEY N° 24041 DE PROTECCION LABORAL Y DESPLAZAMIENTO DE PERSONAL DEL D. LEG. 276

Compañeros/ras.

Ante la publicación del la Ley N° 24041, que brinda protección laboral a los Servidores Públicos Contratados, que realizan labores de naturaleza permanente y que cuenten con más de un año ininterrumpido de servicios, no podrán ser destituidos ni cesados, sino por causales previstas en el Capítulo V del Decreto Legislativo 276 y previo Proceso Administrativo Disciplinario.


Al respecto debemos señalar, que si bien esta ley brinda protección laboral al servidor contratado, cuando el trabajador cuente con más de un año de servicios ininterrumpidos, esto no quiere decir que esta sujeto a los establecido en el D. Leg. 276 sobre desplazamiento de personal, en consecuencia, un trabajador nombrado puede rotar, resignarse y permutar a una plaza vacante y desplazar a un trabajador contratado.. para mayor información y abundancia legal sobre la materia, les sugerimos ingresar a diversos Informes Técnico emitidos por SERVIR, sobre la materia.

CEN FENTASE, al servicio de los trabajadores, informando sobre los alcances de las normas legales.

DPTO. PRENSA
CEN FENTASE
 

2 comentarios:

  1. y en que parte de la ley 24041 dice eso??

    "esto no quiere decir que esta sujeto a los establecido en el D. Leg. 276 sobre desplazamiento de personal, en consecuencia, un trabajador nombrado puede rotar, resignarse y permutar a una plaza vacante y desplazar a un trabajador contratado"



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  2. Soy trabajador administrativo, es bueno que esten informados los compañeros contratados

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