A
través del COMUNICADO Nº 003-2012-SERVIR/TSC, publicado el día de hoy,
02 de Octubre-2012, en El Diario el Peruano, el Tribunal del Servicio
Civil, recuerda que para el calculo de las Asignaciones por 25 y 30 años
de servicio, subsidios por luto y sepelio, en otras bonificaciones
correspondientes a los servidores administrativos comprendidos en el
Decreto Legislativo Nº 276 y a los docentes comprendidos en la Ley Nº
24029, no es aplicable la remuneración total permanente señalada en el
D.S. 051-91.PCM.
En
tal sentido, se precisa que para dichos cálculos debe seguirse el
precedente administrativo obligatorio establecido a través de la
Resolución de Sala Plena Nº 001-2011-SERVIR/TSC.
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