Para conocimiento de las entidades públicas y de la ciudadanía en general
que mediante Ley Nº 29992, publicada en el diario oficial El Peruano el
07 de febrero de 2013, se ha modificado la Ley Nº 26644, estableciendo
que el descanso postnatal se extiende por 30 días naturales no sólo en
los casos de parto múltiple, sino también en los de nacimiento de niños
con discapacidad.
De
acuerdo a la norma publicada, para dicho efecto, se debe acreditar la
discapacidad con la presentación del certificado otorgado por el
profesional de salud debidamente autorizado.
Asimismo,
se ha establecido que el Poder Ejecutivo reglamentará la Ley en un
plazo no mayor a los treinta (30) días hábiles desde su entrada en
vigencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario