PROYECTO
DE LEY DE SERVICIO CIVIL ATENTA CONTRA ESTABILIDAD LABORAL, LA DIGNIDAD
DEL TRABAJADOR Y GENERA DESPIDOS MASIVOS EN LOS TRABAJADORES CAS
(CONTRATO ADMINSTRATIVO DE SERVICIOS)
En
efecto, como se recuerda, el Gobierno salió al paso de las
movilizaciones CAS de todo el país que le reclamaban el cumplimiento de
su promesa electoral de eliminar el injusto régimen CAS e incorporar a
la Planilla de trabajadores de planta, como bien lo señalaba el Dictamen de derogatoria del CAS de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República,
confundiendo y dividiendo a los congresistas de la República, a las
Centrales Sindicales, y a la opinión pública, con la Ley N.° 29849,
publicada en “El Peruano” del 06/04/12, cuya Primera Disposición
Complementaria Transitoria de esa Ley establece que “La
eliminación del Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N.°
1057 se produce de una manera gradual a partir del año 2013, con la
implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil”, precisando que
“Para tal efecto, en las leyes anuales de presupuesto del sector
público se establecerán los porcentajes de ingreso para el nuevo Régimen
del Servicio Civil”.
Así
las cosas, algunos pretendieron que el Gobierno “cumplía” su promesa
pero paulatinamente durante su mandato, no obstante el hecho de que la
Ley anual del Presupuesto para el Sector Público para el año fiscal 2013
NO HAYA CONSIDERADO PORCENTAJE ALGUNO DE INGRESO DE TRABAJADORES CAS PARA EL NUEVO RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL,
y el hecho de que la Primera Disposición Complementaria Transitoria del
Proyecto de Ley del Servicio Civil plantee que la implementación de la
Ley será progresiva y “concluye en un plazo máximo de siete (7) años”, es decir CUANDO HAYA CONCLUÍDO LA VIGENCIA DEL MANDATO DEL ACTUAL GOBIERNO!!!!
Quienes
advertimos, desde las escandalosas maniobras del Ejecutivo para aprobar
la Ley N° 29849 (retiro de firmas de la moción unánime de DEROGATORIA
INMEDIATA DEL CAS, aprobada en la Comisión de Trabajo del Congreso,
presentación simultánea del propio Proyecto del Ejecutivo y discusión en
el pleno, en el mismo día), demostramos la “amnesia política” del
Gobierno para con los CAS, señalando que perversamente se mezclaban dos
temas de distinta naturaleza como eran: la necesidad de la derogatoria
inmediata de régimen laboral injusto (que venía arrastrándose desde los
Servicios No Personales) y la creación de un nuevo Régimen Laboral
Público, llamado Régimen del Servicio Civil (como en las épocas de la
dictadura Odriísta) y alertamos a los incautos que tal proyecto solo
perseguía el despido masivo no solo de los trabajadores CAS sino aun de
los regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 728 y N° 276 y
su sustitución por un nuevo régimen privado de inestabilidad laboral,
precarización y con derecho de negociación colectiva recortado y/o
parametrado.
Más
aún, el proyecto de Ley de Servicio Civil es patéticamente antilaboral y
atentatorio a los intereses de los trabajadores en el desarrollo de su
carrera como servidor público, es decir, no se quiere tener trabajadores
de carrera pública sino personas sometidas permanentemente a un control
y supervisión unilateral del empleador y que para ingresar a este
régimen, no solo se desconoce el tiempo de servicios sino inclusive
ganando el concurso tendrías tres meses de prueba y después podrían
despedirte si no eres del agrado del empleador. Se desconoce a los
trabajadores auxiliares convirtiéndoles en servidores de actividades
complementarias que serán temporales y se sigue manteniendo a
contratados sin derechos y tercerizados, un trato laboral peor y más
perverso que el actual.
Se
habla que se ingresará por concurso público de méritos, para ser
servidor de ese régimen, pero los servidores de confianza y funcionarios
públicos de libre nombramiento, para ellos no hay meritocracia. La calificación en la Evaluación: "Ineficiencia comprobada" es irrevisable y genera el despido.
No
menciona como Derecho Individual del Personal del SC la Libertad
Sindical, salvo el Art. 19, pero en forma ambigua y recorta el derecho
de huelga al manifestar que el sindicato no afectará el funcionamiento
eficiente de la entidad o prestación del servicio al ciudadano.
Comparado
con los regímenes del D.L. N° 276 y D.L. N° 728, se tienen menos
derechos y beneficios laborales, la indemnizaciones, las sanciones, los
derechos sindicales, y la promoción, capacitación y ascenso, en
definitiva, perjudican más al trabajador y se refuerza más la total
inestabilidad precariedad y fragilidad en el trabajo.
Hay
mucho que hablar y discutir sobre este nefasto proyecto que tenemos que
denunciarlo y realizar una campaña mediática de desenmascarar su
verdadera esencia e intenciones del gobierno, que es generar despidos
masivos y hacer ingresar a su gente como si el Estado fuera un botín
donde tiene que acaparar todo y copar el aparato administrativo
angurrientamente.
¡¡POR LA DEROGATORIA DEL REGIMEN CAS!!
¡¡ABAJO EL NEFASTO PROYECTO DE LEY DE SERVICIO CIVIL!!!
¡¡NO A LOS DESPIDOS MASIVOS DE LOS TRABAJADORES CAS!!
¡¡DEFENDAMOS LA LIBERTAD SINDICAL Y EL FUERO SINDICAL PARA LOS CAS!!
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